Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090708-0182

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.292 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Gabriel Amor Almodóvar, contra don Antonio Rodellar Biarge, Servicio Público de Empleo Estatal y “Trapetín, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 161 de 2009

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido frente al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y a la empresa “Trapetín, Sociedad Anónima”, por don Francisco Gabriel Amor Almodóvar.

Fallo

Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, declaro el derecho de don Francisco Gabriel Amor Almodóvar a percibir la prestación por desempleo conforme a la base reguladora diaria de 47,76 euros, confirmando las demás condiciones de la prestación reconocidas en vía administrativa, incluida la fecha de efectos de 10 de mayo de 2008. En consecuencia, condeno a los codemandados a estar y pasar por esta declaración, y a tenor de la misma, condeno a la empresa “Trapetín, Sociedad Anónima”, al pago del importe íntegro de la prestación, como responsable directo d ela misma, sin perjuicio de la obligación del Servicio Público de Empleo Estatal, que así declaro en esta resolución, de anticipar el pago, ni de su facultad de subrogarse en los derechos y acciones del actor para obtener el oportuno resarcimiento a cargo de la empresa.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/65 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 150,25 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Trapetín, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.323/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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