Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090708-0103
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 950 de 2008, ejecución número 510 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nicoletta Pinto, contra la empresa “Media Force, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia.—En Madrid, a 1 de junio de 2009. La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se han practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes de la ejecutada en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado. Paso a dar cuenta a su señoría acompañando propuesta de auto.—Doy fe. Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 1 de junio de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Media Force, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 10.268,46 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Correspondiendo a cada trabajadora el siguiente importe: A doña Nicoletta Pinto: 2.006,49 euros. A doña Vanessa Anne Walker: 1.661,97 euros. A doña Isabel Ortiz Casado: 6.600 euros. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 275.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Varela. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Media Force, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.358/09) |

