Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090708-0130
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 99 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Gamino Sánchez, contra don Raúl Carlos Hoyos Corredor y doña Alicia Mellado Rubio, sobre despido, se han dictado las resoluciones de fechas 11 de marzo de 2009, 11 de marzo de 2009 y 21 de mayo de 2009 siguientes: Diligencia.—En Madrid, a 11 de marzo de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del estado en que se encuentran las actuaciones seguidas a instancias de don Juan Antonio Gamino Sánchez, contra don Raúl Carlos Hoyos Corredor y doña Alicia Mellado Rubio, sobre despido.—Doy fe. Providencia Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María del Carmen Rodrigo Saiz.—En Madrid, a 11 de marzo de 2009. Dada cuenta; ofíciese al registrador de la Propiedad del número 30 de los de Madrid a fin de que participe si los demandados son poseedores de bienes inmuebles y, en su caso, cargas que pesen sobre los mismos. Notifíquese esta resolución. Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Auto En Madrid, a 11 de marzo de 2009. Parte dispositiva: Se acuerda el embargo y precinto del vehículo propiedad de los apremiados que a continuación se describe, con los datos de identificación conocidos: Matrícula: R-9400-BBP. Marca: “Galucho”. Modelo: SGB-6085-VO-D. Número de bastidor/número de chasis, en su caso: TX2SGB2DM29401108. Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz. Auto En Madrid, a 21 de mayo de 2009. Parte dispositiva: Se acuerda: a) El embargo del bien inmueble que se describe: Finca urbana número 3.775. Urbana 59. Piso vivienda quinto C, situado en la quinta planta alta de la casa número 52, integrante del edificio compuesto de dos casas de construcción continuada, señaladas con los números 52 y 51 de la calle Villaescusa, de Madrid, Vicálvaro. Comprende una superficie aproximada de 63,24 metros cuadrados. Linda: por su frente, con pasillo, por el que tiene su entrada, con el hueco del ascensor y con pasillo de la finca al que dan una terraza y dos huecos más; por la derecha, entrando, con pasillo y con el piso vivienda letra D de esta misma planta de la casa número 50, integrante de este edificio, y por el fondo, con la calle de Villaescusa a la que dan una terraza y dos huecos más. Consta de vestíbulo, estar comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de baño y dos terrazas. Cuenta con servicio e instalaciones de calefacción central por gasoil, agua corriente, luz eléctrica, gas ciudad, antena colectiva, antena colectiva de televisión y portero automático. Como propiedad de don Raúl Carlos Hoyos Corredor, para responder de la cantidad de 2.378,16 euros, más 840 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Juan Antonio Gamino Sánchez, contra don Raúl Carlos Hoyos Corredor y doña Alicia Mellado Rubio. b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la asistencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. c) Requerir a los ejecutados para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Alicia Mellado Rubio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.578/09) |

