Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090708-0167
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 23 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 101 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julia Pardo Carmona, contra las empresas “Global Kit, Sociedad Limitada”, y “Oloron Investiment, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 10 de junio de 2009. Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Julia Pardo Carmona, contra “Global Kit, Sociedad Limitada”, y “Oloron Investiment, Sociedad Limitada”, por un importe de 36.108,03 euros de principal, más 3.610,80 euros y 2.708,10 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de las ejecutadas, en particular, y hallándose en ignorado paradero, de los depósitos bancarios y los saldos favorables que arrojen las cuentas abiertas a nombre de las ejecutadas en entidades de crédito. A tal fin, realícese consulta a través del Punto Neutro Judicial, y de resultar positivo y para su efectividad, líbrense los oficios correspondientes. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de las deudoras de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre el la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, cuenta número 0030/1143/64/2521/0101/09. Notifíquese la presente resolución a las partes, y hallándose “Oloron Investiment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expídase oficio y edicto, y remítase al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que se proceda a su publicación en el mismo. Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por las ejecutadas en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Oloron Investiment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.382/09) |

