Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090709-0082
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AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones del recurso de casación número 542 de 2009, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 239 de 2008 del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, promovidos por Fondo de Garantía Salarial, contra doña María del Mar Navajo Urbanos y “Geostar Tecnologías, Sociedad Limitada”, sobre extinción de contrato de trabajo, con fecha de hoy se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: La Sala acuerda: Que no ha lugar, por inadmisión del mismo, a tener por preparado el recurso de casación para la unificación de doctrina que se proponía interponer por Fondo de Garantía Salarial, representado por el abogado del Estado (Servicios Jurídicos), contra la sentencia de esta Sala de fecha 25 de mayo de 2009, dictada en fase de suplicación y en las presentes actuaciones. Firme que sea el presente auto, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo social de origen, adjuntándole certificación de la resolución dictada por esta Sala. Ofíciese al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sea notificado el presente proveído a la parte demandada “Geostar Tecnologías, Sociedad Limitada”, por medio de edicto, por encontrarse en ignorado paradero. Notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución pueden interponer recurso de súplica, previo al de queja, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, ante esta misma Sala y por los trámites del recurso de reposición a que se refieren los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000, según disponen los artículos 185.1 y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral. La interposición del citado recurso no impide la inmediata ejecutividad de lo acordado en este auto, todo lo cual se llevará a efecto. Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Ante mí, el secretario (firmado). Se advierte a la parte en ignorado paradero que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Geostar Tecnologías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 22 de junio de 2009.—El secretario (firmado). (03/21.836/09) |

