Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0149

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 361 de 2009 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de don Luis Miguel Martín Moreno, contra las empresas “Bricochalet, Sociedad Limitada”, y “Robrana 2007, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice lo siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda del actor don Luis Miguel Martín Moreno y declaro improcedente el despido con efectos de 6 de febrero de 2009. Asimismo, declaro extinguida la relación laboral de dicho trabajador con la empresa “Robrana 2007, Sociedad Limitada”.

En consecuencia, condeno a la empresa “Robrana 2007, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por estas declaraciones y a que abone al actor la cantidad de 2.982,23 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de 1.403,50 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las cantidades objeto de condena hasta el límite legal.

Absuelvo a la codemandada “Bricochalet, Sociedad Limitada”, de lo pretendido con la demanda, por no haberse probado la sucesión de empresas que en la demanda se alega.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 361/09 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Bricochalet, Sociedad Limitada”, y “Robrana 2007, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.272/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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