Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090714-0178
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 584 de 2009 de este Juzgado de los social, seguido a instancias de don Adolfo Sáez Valverde, contra la empresa “Arte y Espectáculos Gonzami Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva se acompaña: Sentencia En Madrid, a 15 de junio de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número 584 de 2009, a instancias de don Adolfo Sáez Valverde, asistido del letrado señor don Jesús Mateo Raposo, frente a la empresa “Arte y Espectáculos Gonzami Madrid, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente Fallo Que estimando la demanda de despido entablada por don Adolfo Sáez Valverde, contra la empresa “Arte y Espectáculos Gonzami Madrid, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido de fecha 4 de marzo de 2009, condenando a la entidad demandada a readmitir al actor en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido, o bien, a su elección, formulada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, ante la Secretaría del Juzgado, a abonar al actor una indemnización por importe de 229,61 euros; condenando, en cualquier caso, a la empresa a abonar los salarios de tramitación devengados desde la resolución, si bien descontando el período en el que el actor ha permanecido en situación de incapacidad temporal desde la fecha del despido y hasta el 27 de abril de 2009. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la misma cuenta la suma de 150,25 euros en concepto de depósito, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arte y Espectáculos Gonzami Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.807/09) |

