Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090714-0035
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS FUENLABRADA OFERTAS DE EMPLEO La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada con fecha 5 de junio de 2009, acordó: Primero.—Aprobar la convocatoria de las siguientes plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada para el ejercicio 2009, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de abril de 2009. a) Funcionarios de carrera nuevo ingreso Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C-2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Cuerpo Policía Local, escala ejecutiva. Vacantes: tres. Denominación: agente Policía Local. Segundo.—Aprobar las bases de la convocatoria para proveer dichas plazas que se acompañan como anexo I. ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA, CORRESPONDIENTES A LA OEP 2009 1. Características de las plazas Tres plazas funcionariales de carrera, grupo C-2, escala de Administración Especial, subescala de servicios especiales, clase policía local, escala ejecutiva del Cuerpo, complemento de destino con nivel 16. 2. Bases que regirán el procedimiento selectivo 2.1. El procedimiento selectivo se regirá por las bases establecidas en la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por el que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid a través de la categoría de policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre de 1997, debiendo tener en cuenta, en todo caso, las posibles modificaciones sufridas en la legislación y normativa mencionada o que incida en dichas bases, y con las especificidades que se incluyen a continuación. 2.2. El procedimiento de selección constará de tres fases de carácter sucesivo y eliminatorio: — Oposición libre. — Curso selectivo de formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid (estarán eximidos de este curso, de conformidad con el artículo 35 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes que hubiesen superado el primer curso del título propio de Ciencias de la Seguridad). — Período de prácticas en el municipio de Fuenlabrada. 2.3. De conformidad con las reformas que se han producido en la legislación de seguridad vial, se exime a los/as aspirantes de la experiencia mínima de dos años en la posesión del permiso de la clase A, exigida en el apartado 2.1.i) de las bases referidas en el apartado 2.1. 2.4. La publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena de la citada Orden se hará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y adicionalmente en el tablón de anuncios, y siempre que sea posible, en la página web del Ayuntamiento de Fuenlabrada www.ayto-fuenlabrada.es 3. Derechos de examen Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 14,05 euros y el justificante de pago de los mismos se deberá unir a la instancia en el momento de la presentación. Dicha cantidad será satisfecha mediante ingreso en la cuenta corriente detallada en el párrafo siguiente. Asimismo, dicho pago podrá hacerse efectivo mediante giro postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento. La referencia bancaria de pago es la siguiente: “Caja Madrid”, agencia de la calle de la Plaza, número 32, de Fuenlabrada, número de cuenta 2038-2231-46-6000182263, cuyo titular es el Ayuntamiento de Fuenlabrada. 4. Plazo El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 5. Tribunal calificador 5.1. El tribunal calificador tendrá la siguiente composición: — Presidente: el subinspector-jefe de la Policía Local o funcionario del Servicio de Policía Local en quien delegue. — Secretario: el de la Corporación o técnico municipal de la misma en quien delegue. — Cinco vocales, que serán: l Un técnico municipal designado por la Dirección General de Recursos Humanos. l Tres funcionarios del Servicio de Policía Local designados por la Dirección General de Recursos Humanos. l Un funcionario designado por la Comunidad de Madrid. 5.2. La designación concreta de los miembros del tribunal calificador y sus respectivos suplentes deberá efectuarse mediante resolución. Dicha resolución deberá publicarse, en todo caso, en el tablón de anuncios de la Corporación. 5.3. Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y voto. La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. En caso de ausencia, tanto del presidente titular como del suplente, cualquiera de ellos podrá designar, entre los vocales, a quien le sustituya eventualmente. 5.4. El tribunal tendrá la categoría tercera a los efectos establecidos en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6. Propuesta de nombramiento La relación de aprobados que el tribunal calificador eleve al presidente de la Corporación para su nombramiento como funcionarios en prácticas no podrá exceder, en ningún caso, al de las plazas convocadas, por lo que solo incluirá a aquellos que superen todos los ejercicios selectivos de la fase de oposición y obtengan la mejor puntuación. No obstante, en el supuesto de que algún/os del/los afectado/s renunciara/n a su nombramiento, el tribunal queda facultado para proponer posteriormente el nombramiento de aquel o aquellos aspirantes que le/s sigan inmediatamente en calificación. 7. Orden de realización de las pruebas de la oposición Las pruebas selectivas que componen la oposición se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebas físicas; tercero, prueba de conocimientos, y cuarto, reconocimiento médico. Fuenlabrada, a 9 de junio de 2009.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado. (02/7.312/09) |

