Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090716-0147
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VALDEMORO URBANISMO El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdemoro, con fecha 15 de junio de 2009, ha dictado por decreto el siguiente acuerdo: Primero.—Avocar la facultad delegada en la Junta de Gobierno Local (mediante decreto 941/2007, de 21 de junio) respecto de la aprobación definitiva de la propuesta de estatutos y bases de actuación de la futura Junta de Compensación del AA-7, “Camino de las Salinas”, del Plan General de Valdemoro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Segundo.—Aprobar definitivamente la propuesta de estatutos y bases de actuación de la futura Junta de Compensación del AA-7, “Camino de las Salinas”, del Plan General de Valdemoro. Tercero.—Designar a don Javier Hernández Nieto como representante de esta Administración para que forme parte de los órganos de gobierno según dispone el artículo 108.3.f) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística. Cuarto.—Dicho acuerdo, una vez adoptado, deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto a la redacción definitiva de los artículos y bases subsanados, que se unen al presente como anexo. Quinto.—Asimismo, deberá notificarse de forma individual a todos los interesados en el expediente, requiriéndose a aquellos propietarios no adheridos al sistema que podrán hacerlo, si lo desean, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de este acuerdo de aprobación definitiva, advirtiéndoles que si no lo hicieran sus fincas podrán ser expropiadas a favor de la Junta de Compensación, que tendrá la condición jurídica de beneficiaria, conforme dispone el Reglamento de Gestión Urbanística. ANEXO Base IV, párrafo 3: “En el plazo no superior a tres meses desde que la Junta de Compensación haya recibido con carácter definitivo de la empresa urbanizadora las obras de urbanización e instalaciones y dotaciones, cuya ejecución estuviera prevista en el Plan de Ordenación y Proyecto de Urbanización, se solicitará su recepción ante los Servicios Técnicos Municipales, que seguirá para ello la tramitación establecida en los artículos 135 y siguientes de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.” Estatutos. Art. 3.1.A): “… y una vez aprobado el Proyecto de Reparcelación por el alcalde-presidente…” Valdemoro, a 15 de junio de 2009.—El alcalde, José Miguel Moreno Torres. (02/7.975/09) |

