Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090717-0183
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 55 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio ordinario número 149 de 2008-C se ha dictado sentencia con fecha 18 de febrero de 2009, aclarada por auto de fecha 20 de marzo siguiente, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: En Madrid, a 18 de febrero de 2009.—Habiendo visto la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, doña María del Mar Cabrejas Guijarro, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 149 de 2008, a instancias de la procuradora doña Fuencisla Martínez, en nombre y representación de “Grupo Sope, Sociedad Limitada”, contra don Juan Felipe Dávila Salgado, dicta el siguiente Fallo Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Fuencisla Martínez, en nombre y representación de “Grupo Sope, Sociedad Limitada”, contra don Juan Felipe Dávila Salgado, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre las partes sobre la vivienda y plaza de garaje sita en la calle Emilio Rubín, número 8, primero C, de Madrid, por falta de pago, condenando a la parte demandada a abandonar los mismos, entregándoselos a la parte demandada, libres y expeditos, bajo apercibimiento de proceder a su lanzamiento; a su vez, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar la suma de 2.943,88 euros, así como las rentas que se devenguen hasta la efectiva entrega de la posesión; todo ello condenando a la parte demandada al pago de las costas causadas. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original al libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Parte dispositiva del auto de aclaración de fecha 20 de marzo de 2009: Se aclara la sentencia de fecha 18 de febrero de 2009 en el sentido siguiente: Dentro del fallo, donde dice: “entregándoselos a la parte demandada libres y expeditos”; debe decir: “entregándoselos a la parte demandante libres y expeditos”. Para que conste y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y sirva de notificación en legal forma de la sentencia recaída en el presente procedimiento a la parte demandada don Juan Felipe Dávila Salgado, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a a publicación, expido la presente en Madrid, a 22 de junio de 2009.—El secretario (firmado). (02/8.278/09) |

