Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090717-0087

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 799 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Montserrate Zambrano Loor y don Hammadi El Baroudi, contra la empresa “Construcciones y Reformas Yankas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, dispongo: Declarar resuelta la relación laboral que unía a la parte actora don Iván Montserrate Zambrano Loor y don Hammadi El Baroudi con la demandada “Construcciones y Reformas Yankas, Sociedad Limitada”, desde el día 26 de enero de 2009, y se condena a esta a que indemnice a la parte actora de la siguiente forma:

A don Iván Montserrate Zambrano Loor:

Por indemnización: 3.212,81 euros.

Por salarios de tramitación: 8.259,07 euros.

A don Hammadi El Baroudi:

Por indemnización, la cantidad de: 4.091,25 euros.

Por salarios de tramitación: 10.517,24 euros.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Yankas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.361/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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