Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090720-0350
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 3 DE LEGANÉS EDICTO Don José Pacheco Vera, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 40 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Leganés, a 4 de febrero de 2009.—Don José María Escribano Laclériga, magistrado-juez de instrucción del número 3 de los de esta localidad, ha visto y conocido el juicio verbal de faltas número 40 de 2009, seguido por hurto, en el que ha sido parte: el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública; en el que compareció don Samuel Vadillo Expósito, en calidad de denunciante, y no compareció el denunciado. Que debo condenar y condeno a don Soulymenne Ba, como autor de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes, con cuota diaria de 6 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal, y a que indemnice a “Alcampo” en la cantidad de 33,74 euros, así como al abono de las costas propias del juicio. Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma, y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, podrá interponerse recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Soulymenne Ba, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 23 de junio de 2009.—El secretario (firmado). (03/23.472/09) |

