Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-07-2009

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090720-0190

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A) Disposiciones Generales

Consejería de Educación

2418 CORRECCIÓN de errores del Decreto 66/2009, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan los precios públicos por estudios universitarios conducentes a ­títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las Universidades Públicas de Madrid para el curso acadé­mico 2009-2010.

Advertido error del citado Decreto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 168, de 17 de julio de 2009, se procede a su corrección en los siguientes términos.

En la página 8 el Anexo I se sustituye por el que se publica a continuación:

ANEXO I

ENSEÑANZAS CON PLANES DE ESTUDIO ESTRUCTURADOS EN CRÉDITOS

1.1.  Estudios con grado de experimentalidad 1

Licenciaturas en Medicina, Odontología y Veterinaria; Diplomaturas en Enfermería, Fisioterapia, Nutrición Humana y Dietética y Podología.

1.2.  Estudios con grado de experimentalidad 2

Licenciaturas en Biología, Bioquímica, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Farmacia, Geología y Química.

1.3.  Estudios con grado de experimentalidad 3

Arquitecto, Ingeniero Aeronáutico, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero en Electrónica, Ingeniero en Geodesia y Cartografía, Ingeniero Geólogo, Ingeniero Industrial, Ingeniero en Informática, Ingeniero de Materiales, Ingeniero de Minas, Ingeniero de Montes, Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero en Organización Industrial, Ingeniero Químico e Ingeniero de Telecomunicación; Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico Aeronáutico en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico Agrícola en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico Forestal en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico Industrial en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, Ingeniero Técnico de Minas en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico de Obras Públicas en todas sus especialidades, Ingeniero Técnico de Telecomunicación en todas sus especialidades e Ingeniero Técnico en Topografía.

1.4.  Estudios con grado de experimentalidad 4

Licenciaturas en Bellas Artes, Física e Historia y Ciencias de la Música.

1.5.  Estudios con grado de experimentalidad 5

Licenciaturas en Ciencias y Técnicas Estadísticas, Documentación, Matemáticas, Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía, y Traducción e Interpretación; Diplomaturas en Biblioteconomía y Documentación, Educación Social, Estadística, Logopedia, Maestro en todas sus especialidades, Óptica y Optometría y Terapia Ocupacional.

1.6.  Estudios con grado de experimentalidad 5 bis

Licenciaturas en Comunicación Audiovisual, Geografía, Publicidad y Relaciones Públicas y Periodismo.

1.7.  Estudios con grado de experimentalidad 6

Licenciaturas en Administración y Dirección de Empresas, Antropología Social y Cultural, Ciencias Actuariales y Financieras, Ciencias Políticas y de la Administración, Ciencias del Trabajo, Derecho, Derecho Hispano-Francés, Economía, Estudios de Asia Oriental, Filología Alemana, Filología Árabe, Filología Clásica, Filología Eslava, Filología Francesa, Filología Hebrea, Filología Hispánica, Filología Inglesa, Filología Italiana, Filología Románica, Filosofía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Investigación y Técnicas de Mercado, Lingüística, Sociología, Teoría de la Literatura y Literatura Comparada; Diplomaturas en Ciencias Empresariales, Gestión y Administración Pública, Relaciones Laborales, Trabajo Social y Turismo.

Y en la página 9 el Anexo III se sustituye por el siguiente:

(*) Excepto el precio de los estudios de grado de Medicina, que se fija en 24,50 para la 1.a matrícula, y en 29,40 para la 2.a matrícula.

(03/24.469/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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