Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-07-2009

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0004

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia
de Murcia

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

EDICTO

Doña María Ángeles Arteaga García, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Social, de Murcia.

Hago saber: En las actuaciones a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número recurso suplicación 415 de 2009 de Murcia, promovidos por don David Ramírez Sánchez contra “Mutua Asepeyo”, “Mutua Maz”, Instituto Nacional de Seguridad Social, “Pirámide Montajes Industriales del Noroeste, Sociedad Limitada”, “Moncobra, Sociedad Anónima”, “Initec Energía, Sociedad Anónima”, Fremap, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre accidente, con fecha 18 de mayo de 2009 se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Social de este Tribunal, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:

Desestimar el recurso de suplicación interpuesto por don David Ramírez Sánchez, contra la sentencia número 180 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 15 de julio de 2008, dictada en proceso número 1073/06, sobre accidente, y entablado por don David Ramírez Sánchez frente a “Pirámide Montajes Industriales del Noroeste, Sociedad Limitada”, “Moncobra, Sociedad Anónima”, “Initec Energía, Sociedad Anónima”, “Mutua Asepeyo”, Fremap, “Mutua Maz”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social. Y confirmar, como confirmamos, el pronunciamiento de instancia.

Procédase a la publicación del fallo de la resolución citada.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Pirámide Montajes Industriales del Noroeste, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Murcia, a 16 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.404/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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