Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0007

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.389 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando López Rodríguez, contra la empresa “Estructuras Zairofersa, Sociedad Limitada”, “Seop Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social e “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, sobre ordinario, se ha dictado acta de suspensión, que dice:

Diligencia.—En Madrid, a 8 de julio de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para dar cuenta a su señoría de haberse recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina, el procedimiento de demanda número 1389 de 2008, escrito de la parte actora por el que amplía la demanda presentada en su día.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 8 de julio de 2009.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón, y dése traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra los administradores concursales de “Seop Obras y Construcciones, Sociedad Anónima”, que estén determinados en los autos número 134 de 2008 del Juzgado de lo mercantil número 1 de Madrid y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 23 de junio de 2010, a las once y quince horas de su mañana, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59.

Hágase entrega a la demandada, contra la que se ha ampliado la demanda, copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Dese traslado a las partes de informe de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acerca de los seguros que pudiera tener suscritos la empresa “Estructuras Zairofersa, Sociedad Limitada”, con alguna entidad aseguradora.

Líbrese oficio a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, a fin de que aporte al procedimiento copia del expediente del accidente de trabajo número 266/06, con especial énfasis en el acta de inspección llevada a efecto en el lugar de los hechos y que se ha determinado la apertura del expediente de responsabilidad por falta de medidas de seguridad mencionado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría; doy fe.—La secretaria judicial.—La magistrada-juez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Estructuras Zairofersa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.238/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0007