Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0199

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SAN FERNANDO DE HENARES

OFERTAS DE EMPLEO

La Concejalía de Personal y Régimen Interior, por Decreto 2617/2009, de 7 de julio, ha dispuesto aprobar las bases específicas y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la provisión de la plaza después relacionada, de carácter fijo, para el Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TÉCNICO/A DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES, DE CARÁCTER FIJO, MEDIANTE
EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE

1.  Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es cubrir, por el procedimiento de concurso-oposición libre, una plaza de técnico/a de participación ciudadana de carácter laboral fijo (grupo C-1) perteneciente a la plantilla de personal laboral, mediante el procedimiento de concurso-oposición libre.

La plaza de técnico/a de participación ciudadana está dotada con una retribución íntegra anual de 29.351 euros.

El horario de trabajo podrá establecerse en jornada de mañana, tarde o mañana y tarde.

2.  Proceso selectivo

La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo siguiente:

— El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición.

— Las bases que rigen esta convocatoria son estas bases específicas.

— Lo no establecido en estas bases se estará a lo dispuesto en las bases generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 184), en todo aquello que no haya sido derogado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

3.  Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Asimismo podrán participar quienes, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

Titulación.—La titulación mínima requerida será la siguiente:

— Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

A la solicitud se acompañará:

— Fotocopia del documento de identidad o del pasaporte.

— Fotocopia del título académico requerido.

— Fotocopia de la demanda de empleo.

— Currículum vítae, acompañado de todos los documentos necesarios que acrediten el mencionado currículo. Los documentos se presentarán ordenados según los puntos del propio currículo. Conjuntamente con los posibles contratos, se deberá aportar vida laboral emitida por la Tesorería de la Seguridad Social. Estos documentos podrán presentarse sin compulsa. Cualquier apartado del currículum vítae que no esté debidamente justificado por documentos no será tenido en cuenta por el tribunal.

— Los incluidos en el apartado b) que residen en España, además de la fotocopia del correspondiente documento de identidad o pasaporte, acompañarán fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

4.  Sistema selectivo

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso: consistente en la calificación de los méritos de los aspirantes.

b) Oposición: consistente en la celebración de pruebas de capacidad para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de relación de los mismos en la selección.

4.1.  Fase de concurso.

Se valorarán los méritos de los aspirantes de acuerdo con el anexo I.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni se tendrá en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

La valoración del concurso de realizará solo para los/as aspirantes que superen la fase de oposición.

Todos los documentos acreditativos de los méritos se presentarán en originales, fotocopias compulsadas o mediante fotocopia simple. En este último caso, los aspirantes estarán obligados a presentar los originales para su compulsa.

4.2.  Fase de oposición.

El procedimiento constará de dos ejercicios eliminatorios, siendo el tiempo de su realización fijado por el tribunal en su momento.

El primer ejercicio consistirá en la contestación por escrito de preguntas en relación con los temas del anexo II de la convocatoria, tanto en su parte general como específica. Será calificado de 0 a 25 puntos, siendo necesaria la puntuación de 12,5 puntos para ser superado. El tribunal podrá establecer este ejercicio en forma de test, total o parcialmente.

El segundo ejercicio consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos determinados por el tribunal y relacionados con la parte específica del anexo II. Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 35 puntos, debiendo obtener los aspirantes un mínimo de 17,5 para ser superado.

5.  Calificación definitiva

La calificación definitiva de los aspirantes se hallará por la suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de concurso y de la fase de oposición con la suma de la puntuación de los dos ejercicios.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.

Los aprobados que no obtengan plaza pasarán a la bolsa de empleo.

6.  Presentación de instancias

Las bases, anexo I y anexo II y solicitudes podrán recogerse en el Departamento de Información del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, sito en la plaza de España, sin número.

Las instancias se presentarán dentro del horario correspondiente en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Con carácter previo a la presentación de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, deberá hacerse efectivo en la Caja Municipal del Ayuntamiento, o bien efectuar el ingreso en la cuenta número 0075 0225 89 0660000674 o por giro postal a nombre del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (debiendo aportar con la instancia el justificante del ingreso o giro), las tasas de derechos de examen fijadas en 11 euros.

Cuando las personas que participen en dichos procesos selectivos se encuentran en situación de desempleo debidamente inscritos en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo con un mes de antelación a la publicación de la Oferta, se reducirán las anteriores tasas en un 50 por 100.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

La valoración de los currículum vítae presentados y debidamente documentados se realizará con el siguiente criterio:

1.  Plaza de técnico/a de participación ciudadana:

a) Experiencia profesional:

— Por experiencia profesional acreditada mediante contrato y certificación de funciones de técnico, animador sociocultural o similar en servicios y/o programas de participación ciudadana en Administraciones Públicas, por contrato a tiempo completo: 0,30 puntos por cada mes trabajado.

— Por experiencia profesional acreditada mediante contrato y certificación de funciones de técnico, animador sociocultural o similar en servicios y/o programas de participación ciudadana en entidades, asociaciones y/o empresa privada, por contrato: 0,25 puntos por cada mes trabajado.

Puntuación máxima en experiencia profesional: 30 puntos.

b) Formación:

— Por la realización de cursos de especialización en temas de intervención, programación, organización y gestión de equipos y otras materias objeto de intervención en materia de participación ciudadana o relacionados con el puesto de trabajo, acreditados mediante certificados expedidos por Colegios Profesionales, Universidades u organismos oficiales:

l Hasta un mínimo de 20 horas: 0,20 puntos.

l De 21 a 40 horas: 0,30 puntos.

l De 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

l Más de 100 horas: 1 punto.

l Más de 250 horas: 1,50 puntos.

Puntuación máxima de este apartado: 7 puntos.

— Por la realización de otros cursos:

l Hasta un mínimo de 20 horas: 0,10 puntos.

l De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

l De 41 a 100 horas: 0,30 puntos.

l Más de 100 horas: 0,40 puntos.

l Más de 250 horas: 0,50 puntos.

Puntuación máxima de este apartado: 3 puntos.

Puntuación máxima de formación: 10 puntos.

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 40 puntos.

ANEXO II

FASE DE OPOSICIÓN

Temas

Parte general

1.  La Constitución española de 1978 (I): estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2.   La Constitución española de 1978 (II): el Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial.

3.   La elaboración de las Leyes en la Constitución de 1978.  Tipos de Leyes. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento.

4.   La organización territorial del Estado en la Constitución. Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía.

5.   La Comunidad de Madrid. Competencias. Organización institucional: la Asamblea de Madrid, el presidente, el Gobierno.

6.   El municipio. Competencias. La organización de los municipios de régimen común.

7.   El personal al servicio de la Administración Local: clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario.

8.   Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

9.   Derecho de acceso a archivos y registros públicos.

10.   Procedimiento administrativo local: concepto, principios que lo inspiran, actuaciones que comprende. Los recursos administrativos: concepto y clases.

11.   Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Especial referencia a las tasas. Contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación.

12.   Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procesos de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto.

13.   Prevención de riesgos laborales. Capítulos II y III de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

14.   Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Normativa de la Comunidad de Madrid.

15.   Contratación en las Administraciones Públicas y contratos administrativos. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Contratos del sector público. Contratos de gestión de servicio público. Contratos de servicios

Parte específica

1.   La participación ciudadana en el marco de la Constitución española y el resto del ordenamiento jurídico español. Legislación básica.

2.   La participación ciudadana en el ámbito local. Gobierno Local y democracia participativa. Evolución. Planes de participación.

3.   La participación ciudadana en el Ayuntamiento de San Fernando de Henares. Regulación legal. Reglamento de Participación Ciudadana.

4.   Sistemas y mecanismos locales de participación. Órganos de participación.

5.   Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. Marco legal. Tipología.

6.   La información como derecho. Fundamentos y aplicación en la Administración Local.

7.   Las asociaciones. Regulación legal. Integración en el marco jurídico español.

8.   Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación. Constitución y funcionamiento de las asociaciones.

9.   Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación. Derechos y deberes de los asociados. Registro de asociaciones.

10.   Personas jurídicas no lucrativas. Asociaciones y fundaciones. Concepto y rasgos principales.

11.   Trámites para la creación y registro de una asociación.

12.   Registros de asociaciones. Concepto. Funcionamiento.

13.   Obligaciones fiscales de las asociaciones y obligaciones formales.

14.   Declaración de utilidad pública.

15.   Gestión de asociaciones. Proyectos y memorias.

16.   La participación. Concepto de participación social, condiciones, estadios del proceso de participación.

17.   La información administrativa como instrumento de participación.

18.   Participación ciudadana en la función administrativa local: participación ciudadana en los servicios públicos.

19.   Procedimiento general de elaboración de Reglamentos y ordenanzas municipales.

20.   La investigación-acción participativa en la elaboración de un plan integral de participación ciudadana.

21.   Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Objeto. Concepto de subvención. Régimen jurídico.

22.   Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión de subvenciones.

23.   Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Reintegro de subvenciones.

24.   Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Del ámbito de aplicación, junta consultiva de subvenciones, disposiciones comunes a las subvenciones

25.   Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procedimientos de concesión de subvenciones, Procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva. Procedimiento de concesión directa.

26.   Justificación de subvenciones. Gastos subvencionables. Comprobación de subvenciones, Procedimiento de gestión presupuestaria. Del reintegro. Procedimiento de reintegro. Procedimiento sancionador.

27.   Diseño de procesos participativos. Fases, organización y técnicas.

28.   Los presupuestos participativos. Evolución histórica. Modelos.

29.   Proceso metodológico y aplicación de los presupuestos participativos.

30.   El Observatorio Internacional de Democracia Participativa. Fines. Participantes.

31.   Observatorios locales de democracia participativa. Concepto, fines.

32.   Ley 6/1996, de 15 de enero, de Voluntariado. Concepto de voluntariado. Derechos y deberes del voluntario.

33.   Ley 6/1996, de 15 de enero, de Voluntariado. Medidas de fomento del voluntariado.

34.   Plan Regional de Voluntariado de la Comunidad de Madrid. Voluntariado y Administraciones Públicas.

35.   Dirección General del Voluntariado y Promoción Social de la Comunidad de Madrid. Estructura orgánica. Competencias.

36.   La Red de Puntos de Información al Voluntariado.

37.   Asociacionismo y participación juvenil. Consejos de Juventud. Consejo de Juventud de la Comunidad de Madrid. Marco legal. Fines. Miembros.

38.   Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Disposiciones generales. Constitución de la fundación. Gobierno de la fundación.

39.   Evaluación de los servicios públicos. Sistemas de evaluación.

40.   Los grupos de trabajo. El trabajo en equipo.

San Fernando de Henares, a 8 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Julio Setién Martínez.

(02/8.576/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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