Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0206
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCORCÓN URBANISMO Por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 15 de junio de 2009, se acordó aprobar inicialmente la modificación de la base 3.6 de las de actuación de la Junta de Compensación del Sector 8 “Parque de Actividades El Lucero”, aprobada definitivamente por el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de 26 de julio de 2005. La nueva redacción de la base 3.6, para ejecutar la sentencia número 1.894 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1.a), dictada en autos de apelación número 177/2008, es la que sigue: “Los derechos reales, los arrendamientos, y demás derechos personales ilegales, y los que no estuvieran amparados en las autorizaciones, permisos y licencias que en cada caso fueren necesarias, se indemnizarán de conformidad con las determinaciones de los artículos 98 y 103 del RG, estándose, en todo caso, a lo previsto en los artículos 168 y 169 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio. Para los derechos y cargas constituidos con posterioridad a la anotación marginal del inicio del procedimiento de compensación se habrá de estar al artículo 15 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio. En cuanto a los derechos y cargas no declaradas, o declaradas de manera incorrecta o incompleta por el propietario, las presentes bases establecen que los perjuicios que pudieran resultar serán a cargo del mismo propietario (artículo 103 RG). Forma parte de esta base el contenido de la sentencia número 1.894 del Tribunal Superior de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección l.a), dictada en autos de apelación número 177/2008, por la que se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 4 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de los de Madrid en los autos de procedimiento número 28/2006 de su Registro”. Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo queda sometido a información pública por el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en las Oficinas Municipales del Área de Desarrollo Territorial, Sección de Planeamiento y Gestión (calle Fábricas, número 8, con vuelta a la calle Industrias), así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho. Alcorcón, a 26 de junio de 2009.—La concejala-delegada del Área de Desarrollo Territorial, Natalia de Andrés del Pozo. (02/8.167/09) |

