Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0216
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BUSTARVIEJO RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con lo previsto en la legislación vigente (artículo 49 de la vigente Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999), se expone al público por plazo de treinta días, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el acuerdo plenario por el que se modifica la ordenanza fiscal que se describe y el contenido literal de la misma, advirtiendo que en caso de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el referido acuerdo y el texto mencionado adquirirán carácter definitivo, en previsión de lo cual se publica el contenido literal de la modificación referida. 1. Modificar el artículo 4.F), párrafos 8 y 9 de la ordenanza fiscal de tasas por aprovechamiento especial del dominio público municipal en los términos que se describen: 2. Aplicar las tarifas aprobadas con efectos de 1 de enero de 2008. Bustarviejo, a 26 de junio de 2009.—El alcalde, José Manuel Fernández Fernández. (03/22.670/09) |

