Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0216

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BUSTARVIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo previsto en la legislación vigente (artículo 49 de la vigente Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999), se expone al público por plazo de treinta días, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el acuerdo plenario por el que se modifica la ordenanza fiscal que se describe y el contenido literal de la misma, advirtiendo que en caso de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el referido acuerdo y el texto mencionado adquirirán carácter definitivo, en previsión de lo cual se publica el contenido literal de la modificación referida.

1.  Modificar el artículo 4.F), párrafos 8 y 9 de la ordenanza fiscal de tasas por aprovechamiento especial del dominio público municipal en los términos que se describen:

2.  Aplicar las tarifas aprobadas con efectos de 1 de enero de 2008.

Bustarviejo, a 26 de junio de 2009.—El alcalde, José Manuel ­Fernández Fernández.

(03/22.670/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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