Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0194

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 23 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria de lo social del número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 142 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Esteban Fernández, don Sebastián Muñoz Rubio y don Pedro Pérez Fernández, contra la empresa “Construcciones y Reformas Ram, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar ejecución de los títulos mencionados en los hechos de la presente resolución solicitada por los actores relacionados, correspondiendo los siguientes números de ejecución a los autos que se indican:

Autos número 1.199 de 2008: ejecución número 142 de 2009.

Autos número 1.065 de 2008: ejecución número 150 de 2009.

Se acuerda la acumulación de todas las ejecuciones mencionadas, continuándose la tramitación en la primera de ellas, esto es, ejecución número 143 de 2009, ascendiendo, por lo tanto, el total de las cantidades reclamadas a la cuantía de 20.470,57 euros de principal, más 1.535,96 euros de interés y 2.047,95 euros de costas que se fijan, estos dos últimos conceptos, provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Ram, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.473/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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