Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0127
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 154 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Enrique González González, contra la empresa “Checkout Control, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 3 de febrero de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don José Enrique González González, contra “Checkout Control, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe. Auto En Madrid, a 3 de febrero de 2009. Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 10 de diciembre de 2009, a las once y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Al segundo otrosí: En cuanto a la confesión del representante legal de la empresa: ha lugar a la misma, citando al mencionado representante legal para que comparezca al acto del juicio. En cuanto a la documental propuesta: se requiere a la empresa a fin de que en el acto del juicio aporte la documental solicitada por la parte actora. En cuanto a la testifical: ha lugar a la misma, citándose a los mencionados testigos. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerde (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Checkout Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/22.597/09) |

