Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0135
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del de lo social número 5 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.565 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Muñoz Romero, contra la empresa “Técnicas Madrileñas Seguridad Domotizada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente: Sentencia número 228 de 2009 En nombre de Su Majestad el Rey.—En Madrid, a 27 de mayo de 2009. Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Esther Muños Romero, asistida por la graduada-social doña Laura Abis González, y de otra, como demandada, “Técnicas Madrileñas Seguridad Domotizada, Sociedad Limitada”, que no comparece. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Esther Muñoz Romero, contra “Técnicas Madrileñas Seguridad Domotizada, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la suma de 4.094,01 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnicas Madrileñas Seguridad Domotizada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/22.709/09) |

