Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0149
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 74 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco González Ginés, contra las empresas “Enasstec, Sociedad Limitada”, “Gesproarq Madrid, Sociedad Limitada”, “Gestión y Desarrollo de Proyectos de Arquitectura e Ingeniería, Sociedad Limitada”, y “Valles y Ribot 39, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el auto siguiente: Trabar embargo de los bienes de la demandada “Valles y Ribot 39, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor jefe provincial de Tráfico, ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Gerencia del Centro de Gestión Catastral y también al señor director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículo 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta por este Juzgado en el “Banesto”, cuenta corriente número 2505, sito en la calle Orense, número 19. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Gesproarq Madrid, Sociedad Limitada”, “Gestión y Desarrollo de Proyectos de Arquitectura e Ingeniería, Sociedad Limitada”, y “Valles y Ribot 39, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 25 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/22.647/09) |

