Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0206

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Santos Hernández, contra doña María Estrella Estévez Méndez, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 4 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo del bien inmueble que se describe:

Vivienda sita en la avenida de Extremadura, número 7, portal 1, planta tercera, puerta D, de San Sebastián de los Reyes (Madrid), inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes, finca número 24.504, tomo 389, libro 316, folio 219, alta tercera, como propiedad en el 100 por 100 del pleno dominio con carácter ganancial de doña Estrella Estévez Méndez y don José Luis Ahijón Izquierdo, para responder de la cantidad de 410,10 euros, más 41 euros para costas provisionalmente calculadas para este procedimiento, seguido a instancias de doña Alicia Santos Hernández, contra doña María Estrella Estévez Méndez.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

d)  Notifíquese la presente resolución, a los efectos del artículo 1.373 del Código Civil, a don José Luis Ahijón Izquierdo, propietario del 100 por 100 del pleno domicilio con carácter ganancial del bien inmueble descrito.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Luis Ahijón Izquierdo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/22.719/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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