Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0097
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MORALZARZAL URBANISMO Mediante decreto de Alcaldía de fecha 3 de julio de 2009 ha sido aprobada inicialmente la modificación puntual no sustancial número 5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Moralzarzal, consistente en la clasificación de sector urbanizable de uso terciario y productivo para la implantación de proyectos generadores de empleo, junto con el convenio urbanístico suscrito para su redacción con la propiedad de los terrenos incluidos en el nuevo sector, redactada al amparo del artículo 67 de la vigente Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid, modificado por Ley 7/2007 y desarrollado por decreto 92/2008. De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 2 del decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico, el expediente completo, junto con el convenio urbanístico y documento técnico, se expone al público por plazo de un mes, durante el que los interesados podrán examinarlo en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Moralzarzal y presentar las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas. Lo que se hace público para general conocimiento. Moralzarzal, a 3 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, José María Moreno Martín. (02/8.352/09) |

