Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0130
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 57 DE MADRID EDICTO En el juicio de procedimiento ordinario número 26 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Sentencia número 823 de 2009 En Madrid, a 15 de junio de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 26 de 2008 se ha seguido en este Juzgado, y en los que han sido partes: como demandante, “Inverseguros, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales señora Goyanes González-Casillas y asistida por el letrado señor Cristóbal Ortega, y de otra, como demandada, doña Sonia Páder Sousa, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad. Fallo Que estimando parcialmente la demanda presentada por “Inverseguros, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales señora Goyanes González-Casillas, contra doña Sonia Páder Sousa, debo condenar y condeno a dicha demandada al pago a la actora de la cantidad de 16.393,98 euros, más los intereses legales devengados desde la interpelación judicial, absolviéndola de los restantes intereses reclamados, con imposición de costas a dicha demandada. Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse en el término de cinco días ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Sonia Páder Sousa la sentencia dictada en fecha 15 de junio de 2009. En Madrid, a 15 de junio de 2009.—El secretario (firmado). (02/8.447/09) |

