Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-07-2009

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090723-0196

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V. OTROS ANUNCIOS

Junta de Compensación del S-5 “Industrial Oeste”

La Junta de Compensación del Sector 5, “Industrial Oeste”, de Pinto, después de haber efectuado dos intentos al efecto y ante la imposibilidad de llevar a cabo la oportuna notificación en el domicilio señalado por la Junta Compensante, conforme señala el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede a notificar el presente acuerdo a doña Soledad Fernández Bermejo mediante la inserción del presente edicto, significándole lo siguiente:

Que el Consejo de Administración de la Junta de Compensación, en virtud de las competencias que tiene otorgadas y, concretamente, de lo señalado en el artículo 28.3.f) de sus estatutos, en la reunión celebrada el pasado día 13 de mayo de 2009, adoptó, por acuerdo unánime de los asistentes desestimar la propuesta de fraccionamiento de deuda formulada por doña Soledad Fernández Bermejo, mediante escrito presentado el 28 de noviembre de 2008, en el que, entre otras cuestiones, solicitaba el fraccionamiento de pago de las derramas pendientes proponiendo un calendario de pagos al efecto.

Que los motivos que justifican dicha desestimación son los que se recogen en el certificado emitido en relación con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración que obra en la sede de la Junta de Compensación, sita en la calle Buenavista, números 4-6, 28320 Pinto (Madrid), y que usted podrá recoger en horario de oficina o solicitar le sea remitido por telefax o vía telemática en el siguiente número de teléfono: 916 914 656.

Asimismo, le significo que, conforme con lo señalado en el artículo 39 de los estatutos, contra dicho acuerdo podrá usted formular reclamación ante la Asamblea General dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de este acuerdo, debiendo resolver la Asamblea en término de treinta días hábiles a contar desde la formulación del recurso. Transcurrido el plazo sin contestación expresa, la reclamación se entenderá denegada y que, conforme con el apartado 5 de dicho precepto, los acuerdos de la Junta son ejecutivos y la interposición del recurso señalado no suspenderá su ejecución, salvo que así lo acuerde la Asamblea General.

En Pinto, a 13 de julio de 2009.—El presidente del Consejo de Administración de la Junta de Compensación Sector 5, “Industrial Oeste”, de Pinto, Francisco Castro Sainero.

(02/8.812/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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