Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090727-0276
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VELILLA DE SAN ANTONIO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Al no haber presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobado de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la creación de ficheros de carácter personal del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la Creación de los Ficheros de Carácter Personal del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio. Primero.—Modificación del apartado 4 del fichero personal: carácter informatizado o manual estructura del fichero: informatizado. Nueva modificación; informatizado y documental (mixto). — La modificación o ampliación del punto 7 del citado fichero de personal en relación al apartado de datos de carácter identificativo que dice: documento nacional de identidad o cédula de identificación fiscal, número de seguridad social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, firma/huella, imagen/voz, número de registro personal. Nueva descripción: datos de carácter identificativo: documento nacional de identidad o cédula de identificación fiscal, número de seguridad social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, firma, huella digital biométrica, imagen/voz, número de registro personal. Segundo.—La creación de fichero víctimas de violencia de género del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, con las siguientes características: 1. Órgano ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Velilla de San Antonio. 2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Concejalía de Igualdad. 3. Nombre y descripción del fichero que se crea: Víctimas de violencia de género. Datos personales, de domicilio postal y electrónico, información judicial, situación personal, familiar y social. 4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: automatizado y documental (mixto). 5. Sistema de información al que pertenece el fichero: Centro asesor de la mujer. 6. Medidas de seguridad que se aplican: alta. 7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: documento nacional de identidad/número de identificación fiscal, nombre y apellidos, sexo, dirección postal y electrónica, teléfono, situación familiar, social y judicial. 8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Víctimas de violencia de género, atención integral a mujeres víctimas de violencia de género, información de recursos de derivación a otros organismos públicos de la Comunidad de Madrid. 9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Víctimas de violencia de género residentes en el municipio de Velilla de San Antonio. 10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos: — Procedencia de los datos: propio interesado o representante legal. — Procedimiento de recogida: entrevista personalizada y formulario. 11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas: Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, Policía Local, Guardía Civil, Dirección General de la mujer de la Comunidad de Madrid, Centro de Atención Primaria, Concejalía de Empleo y Desarrollo Local. Tercero.—La creación del fichero base general de contactos del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, con las siguientes características: 1. Órgano ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Velilla de San Antonio. 2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Velilla de San Antonio. 3. Nombre y descripción del fichero que se crea: base general de contactos. Dotas personales, de domicilio postal y correo electrónico, para el envío de información municipal. 4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: automatizado y documental (mixto). 5. Sistema de información al que pertenece el fichero: información municipal. 6. Medidas de seguridad que se aplican: básico. 7. Tipo de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: documento nacional de identidad/número de identificación fiscal, nombre y apellidos, sexo, dirección postal y electrónica y teléfono. 8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos del mismo: envío de información de las actividades culturales, jornadas, conferencias, concursos, cursos, talleres, bandos, actos, deportivas, así como, cualquier otra información de interés para los vecinos que realiza y organiza el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio y sus concejalías. 9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: vecinos de Velilla de San Antonio y todos aquellos ciudadanos interesados en la información. 10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos: — Procedencia de los datos: propio interesado o representante legal. — Procedimiento de recogida: formulario a través de registro municipal, correo electrónico y/o fax. 11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas: ninguno. Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Velilla de San Antonio, a 8 de julio de 2009.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Agudo Masa. (03/24.322/09) |

