Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0001
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Mediante Orden 6206/2006, de 25 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de noviembre de 2006), de la Consejería de Educación, se aprueban las bases reguladoras y se convoca el certamen de teatro escolar. Por Orden 5563/2008, de 1 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre de 2008), de la Consejería de Educación, se convoca el XVI Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid. Vista el acta de la Comisión de Selección, reunida el Madrid el día 15 de junio de 2009, DISPONGO Primero Conceder premios por un importe de 65.000 euros a los centros propuestos en el acta de la Comisión de Selección que seguidamente se relacionan, por las cuantías que se especifican pormenorizadamente, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo a la partida 48500 del programa económico 509. Segundo Los premios y menciones concedidos se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros de titularidad pública, el pago se realizará a través de las Direcciones de Área Territorial, con el siguiente desglose: En el caso de los centros concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los centros que hayan sido premiados, según la relación que a continuación se detalla: Tercero Excluir las solicitudes por los motivos que se citan: * Por no cumplir el requisito exigido en el artículo 7 (plazo de presentación): * Por incumplimiento del artículo 5.1 (requisitos relativos a actores): Cuarto Por renuncia voluntaria a su participación en el certamen, excluir a los siguientes centros: Quinto Las obligaciones de los beneficiarios serán las establecidas en el artículo 12 de la Orden 6206/2006, de 25 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de noviembre de 2006), de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid. Sexto La Consejería de Educación y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos, sin perjuicio de las que pueda efectuar el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes. Séptimo Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 26 de junio de 2009. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/23.780/09) |

