Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090729-0349

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 218 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Boukhyar Afkir, contra la empresa “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 20 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 246

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—Vistos por doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos, sobre despido, seguidos en este Juzgado bajo el número 218 de 2009, entre las siguientes partes: de una, y como demandante, don Boukhyar Afkir, asistido de la letrada doña María Amestoy García, y de otra, como demandada, la empresa “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, que debidamente citada no ha comparecido.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Boukhyar Afkir, contra la empresa “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor, condenando a dicha demandada a que en el plazo de cinco días opte ante este Juzgado de lo social entre la readmisión del actor o el abono al demandante de una indemnización de 4.357,74 euros, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha de efectividad del despido (9 de enero de 2009) hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 43,57 euros diarios, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo, durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal si los hubiere.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.871/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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