Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-07-2009

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090729-0155

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Transportes e Infraestructuras

2535 ORDEN de 18 de junio de 2009, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Consorcio Regional de Transportes para el ejercicio 2009.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación.

En cumplimiento de estos preceptos, para dar continuidad en 2009 a las actuaciones que viene desarrollando el Consorcio Regional de Transportes en materia de fomento de la incorporación de vehículos accesibles a los servicios públicos regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera, procede la aprobación del plan estratégico correspondiente.

En virtud de lo anterior, a propuesta del Consorcio Regional de Transportes, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consorcio Regional de Transportes para el ejercicio 2009

Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Consorcio Regional de Transportes para el ejercicio 2009, cuyo contenido se recoge en Anexo a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de junio de 2009.

El Consejero de Transportes e Infraestructuras,
 JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
DEL CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES
PARA EL EJERCICIO 2009

El Consorcio Regional de Transportes ha venido desarrollando en los últimos años, a través de una línea de subvención, una actividad de fomento dirigida a la incorporación de vehículos accesibles a los servicios públicos regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. El presente plan estratégico recoge las actuaciones necesarias para dar continuidad a esta política en el año 2009.

Objetivos

La línea de subvención que propone el Consorcio Regional de Transportes pretende la consecución del siguiente objetivo:

La renovación o ampliación de las flotas de las empresas concesionarias de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera, incorporando a las mismas vehículos nuevos específicamente acondicionados para su uso por personas con movilidad reducida, incluidas las que precisan utilizar silla de ruedas, de modo que puedan de un modo efectivo utilizar dichos transportes.

Plazos

El presente plan se circunscribe a actuaciones que se desarrollarán durante el ejercicio 2009, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Previsión de costes

De forma individual, se prevé otorgar una ayuda máxima por vehículo de 18.000 euros, con un montante global de 1.450.000 euros, que serán aportados, exclusivamente, por el Consorcio Regional de Transportes.

Fuentes de financiación

Las actuaciones descritas en este plan se financiarán, con las aportaciones realizadas por la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida 7739 del presupuesto de gastos para el mismo ejercicio del Consorcio Regional de Transportes.

(03/25.664/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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