Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090730-0225
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 3 DE FUENLABRADA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio de verbal número 200.621 de 2008 se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando totalmente la demanda de juicio vebal interpuesta por “Banque PSA Finance”, contra don Víctor Alonso Vega Erazo y doña Alodia Estela González Morales Vega, debo condenar y condeno a los codemandados a abonar a la parte actora, conjunta y solidariamente, la cantidad de 2.493,44 euros. Dicha cantidad devengará los intereses pactados de la siguiente forma: 1. La mensualidad de mayo de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de mayo de 2007. 2. La mensualidad de junio de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de junio de 2007. 3. La mensualidad de julio de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de julio de 2007. 4. La mensualidad de agosto de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de agosto de 2007. 5. La mensualidad de septiembre de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de septiembre de 2007. 6. La mensualidad de octubre de 2007, por importe de 311,68 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 15 de octubre de 2007. 7. La mensualidad de noviembre y diciembre de 2007, por importe de 623,36 euros, devengará un interés mensual del 2 por 100 desde la fecha de 29 de octubre de 2007. Procede imponer el pago de las costas procesales, por partes iguales, a los dos condenados. Notifíquese a las partes, que en cinco días podrán preparar recurso de apelación contra esta sentencia ante este Juzgado, que será sustanciado conforme a la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá, por el secretario judicial de este Juzgado, certificación literal, para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo. Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Alodia Estela González Morales Vega, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Fuenlabrada, a 16 de marzo de 2009.—El secretario (firmado). (02/7.566/09) |