Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-07-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090730-0238

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

2561 RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2009, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 3005/2009, de 25 de junio, de la Consejera de Educación, de modificación de la autorización del centro de Educación Secundaria “Éfeso”, de Madrid.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad solicitando modificación de la autorización del centro docente privado de Educación Secundaria denominado “Éfeso”, con domicilio en la calle Turia, número 7, y calle Cidacos, número 6, de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorización de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 3005/2009, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de acuerdo con el artículo 13.1.e) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, la autorización del centro docente privado de Educación Secundaria “Éfeso”, de Madrid, por la implantación de dos grupos, en turno vespertino, de los ciclos formativos de grado superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas y Comercio Internacional.

Segundo

La configuración del centro queda establecida de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: “Éfeso”.

Titular: “Educación, Formación y Enseñanza, Sociedad Anónima”.

Número de código: 28036103.

Domicilio: Calles Turia, número 7, y Cidacos, número 6.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

— Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 4 unidades/107 puestos escolares.

— Bachillerato, modalidades de Ciencias y Tecnología y de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidades: 4 unidades/105 puestos escolares.

— Ciclos formativos de grado superior:

l Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

Turno: Vespertino.

Capacidad: 2 grupos/40 puestos escolares.

l Comercio Internacional.

Turno: Vespertino.

Capacidad: 2 grupos/40 puestos escolares.

Tercero

La presente autorización surtirá efectos desde el inicio del curso 2009-2010 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Cuarto

Con anterioridad a la entrada en funcionamiento de las nuevas enseñanzas, la Dirección del Área Territorial Madrid-Capital aprobará expresamente, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, la relación del personal de que dispondrá el centro, con indicación de sus titulaciones respectivas.

Quinto

El centro deberá disponer de todos los permisos o licencias necesarios también para su puesta en funcionamiento, cuya concesión competa a otras Administraciones Públicas.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 26 de junio de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(01/2.666/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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