Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-08-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090801-0073

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE CÁCERES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Pablo Carrasco Escribano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 62 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fidel Ángel Rubio Domínguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fremap”, “Nisola Estructuras, Sociedad Limitada”, “Alay Estructuras, Sociedad Limitada”, “Estructuras y Ferrallas El Peñón, Sociedad Limitada”, y “Citem Estructuras del Hormigón, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Cáceres, a 10 de julio de 2009.

En atención a lo expuesto, dispongo: No haber lugar a rectificar la sentencia en el sentido interesado, y sí en la mención de que el divisor de la base es 12 (mensualidades) y no 14 como se indica en aquella.

Así lo dispone, manda y firma su señoría ilustrísima, don Mariano Mecerreyes Jiménez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Nisola Estructuras, Sociedad Limitada”, “Alay Estructuras, Sociedad Limitada”, “Estructuras y Ferrallas El Peñón, Sociedad Limitada”, y “Citem Estructuras del Hormigón, Sociedad Limitada”, expido el presente que firmo y sello en Cáceres, a 10 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.051/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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