Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090803-0093

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.556 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hafida Bakessou, don Ahmed El Hadjaqui, don Mohamed Amhid y don Anouar Azizi, contra la empresa “Volvoreta Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando las demandas de reclamación de cantidad entablada por don Ahmed El Hadjaqui, don Mohamed Amhid y don Anouar Azizi, contra la empresa “Volvoreta Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a cada uno de los actores las cantidades que se indican a continuación, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago:

A don Ahmed El Hadjaqui, 4.059,40 euros.

A don Mohamed Amhid, 3.647,90 euros.

A don Anouar Azizi, 3.647,90 euros.

Asimismo procede tener por desistida de su demanda formulada frente a la empresa a doña Hadifa Bakessou, archivando el procedimiento en relación a la misma.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma caben interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Volvoreta Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.477/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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