Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090803-0226
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.233 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Pablo Bautista Seco, contra la empresa “Reformobel, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social e “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo Que estimando la demanda deducida por don Pedro Pablo Bautista Seco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Ibermutuamur”, y la empresa “Reformobel, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro el derecho del actor al abono de las diferencias de las prestaciones de incapacidad temporal desde mayo de 2007 a abril de 2008 y las prestaciones de mayo y junio de 2008, por importe de 9.121 euros las prestaciones de incapacidad temporal, declarando la responsabilidad directa de la empresa en el pago de cantidades, con la obligación de anticipo inmediato por parte de la mutua y, asimismo, declarar el derecho de la mutua para ejercitar las acciones tendentes a recabar de la empresa las cantidades adeudadas, declarando la responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en caso de insolvencia de la mutua. Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ellas cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia. Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformobel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 8 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/24.383/09) |

