Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-08-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090803-0107

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 85
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luz Sanz Rubio, secretaria de este Juzgado.

Doy fe: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 173 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 581 de 2008

En Madrid, a 14 de noviembre de 2008.—La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia del número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 173 de 2008, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Belén Picado García, con procuradora doña Olga Romojaro Casado y letrada doña María José Martín Caruana, y de otra, como demandado, don Ernesto Martínez Griñán, sobre divorcio contencioso; y…

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña Olga Romojaro Casado, en nombre y representación de doña Belén Picado García, frente a don Ernesto Martínez Griñán, en disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Ernesto Martínez Griñán y doña Belén Picado García celebrado en Santiago de Cuba el día 6 de octubre de 2006, con los efectos legales inherenctes a tal situación, acordando la atribución del uso del domicilio familiar sito en la calle López Grass, número 30, quinto A, de Madrid, a doña Belén Picado García.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio el encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquese la sentencia en la forma precisa en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ernesto Martínez Griñán, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 21 de enero de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/8.985/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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