Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090804-0051
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS EL ESCORIAL URBANISMO Por la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de junio de 2009 se adoptó el siguiente acuerdo: Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación “El Tomillar”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, de Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, como norma de derecho sustantivo vigente al inicio de la gestión del ámbito, conforme establece la disposición transitoria cuarta, apartado segundo, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto. Segundo.—Notificar el presente acuerdo a la Junta de Compensación “El Tomillar” en su domicilio reseñado para notificaciones, sito en la calle López Santos, número 2, 28230 Las Rozas, con indicación de los recursos procedentes. Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, al menos, en uno de los periódicos de mayor difusión de esta, el acuerdo de aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación “El Tomillar”. Cuarto.—Dar traslado del presente acuerdo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en la que consta inscrita la citada Junta de Compensación, al folio 97 del libro 18, con el número 658 de inscripción. De conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, contra este acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos: a) Recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al de la publicación. b) Recurso contencioso-administrativo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo con jurisdicción en la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, computado desde el día siguiente al de la publicación. El Escorial, a 21 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio. (02/8.932/09) |

