Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0038

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido del Régimen Local de 18 de abril de 1986, y habida cuenta que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2009, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de este Entidad para el año 2009, y que en sesión celebrada el día 10 de julio de 2009 ha resuelto su aprobación definitiva, incluyendo la plantilla y el anexo de personal, tras resolver las reclamaciones presentadas durante la fase de exposición pública, se hace constar lo siguiente:

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el citado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villa del Prado, a 15 de julio de 2009.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/24.538/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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