Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0207
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS URBANISMO La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 23 de junio de 2009, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo: “Habiendo revisado los Servicios Técnicos municipales el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-4, tramitado a instancias de la “Empresa Municipal de la Vivienda, Sociedad Anónima” (EMVIALSA), en cumplimiento de los acuerdos plenarios de 13 de febrero, 27 de noviembre y 20 de diciembre de 2007, en los que se establecía la obligación de la sociedad municipal de urbanizar la unidad, previa tramitación del Estudio de Detalle y el Proyecto urbanizador correspondientes, y visto igualmente el informe emitido por los Servicios Jurídicos del Área de Urbanismo, es por lo que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 60 y 80 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, este órgano colegiado acuerda: 1. Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-4, tramitado a instancias de la “Empresa Municipal de la Vivienda, Sociedad Anónima” (EMVIALSA), en ejecución de lo previsto en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas y en el Estudio de Detalle de la mencionada Unidad de Ejecución. En todo caso, con anterioridad a la aprobación definitiva del proyecto, la sociedad redactora deberá incorporar los siguientes condicionantes que se detallan en el informe técnico que obra en el expediente: 1) Traslados: respecto a la reubicación del quiosco existente en el paseo de la Chopera, debe estudiarse la acometida a la red de telecomunicaciones con la que cuenta y, de ser necesario, describirse la nueva acometida a realizar con carácter previo al traslado, incluyéndola en planos y presupuesto. 2) Escaleras: deben rectificarse las cotas discordantes que constan en los distintos planos del proyecto, de manera que queden resueltas. 3) Saneamiento y drenaje: debe cumplirse la Instrucción Técnica de Infraestructuras del Ayuntamiento de Alcobendas en lo relativo a diámetros superiores a 600 milímetros, para los que debe ejecutarse una cámara en vez de pozo. En el plano de detalles de saneamiento, se eliminará el detalle de zanja tipo sobre sección granular y se modificará la planta de la red de saneamiento. 4) Electricidad: respecto a la planta presentada con la red de media tensión, debe eliminarse la terna de media que se ha delineado entre el punto “Punto de conexión. Red media tensión existente” y “Nueva ubicación centro de transformación existente”. Debe rediseñarse el esquema de canalizaciones propuesto en la confluencia de las calles Paulino Aguado y Navarra, de manera que se unifiquen zanjas y se minimice el número de cruces a realizar en calzada y el número de arquetas. 5) Riego: se debe rectificar la zanja tipo representada en el plano de detalles y en la planta, de forma que en la misma se incluya una única zanja con la vaina de protección de PVC de 110 milímetros, tanto en calzada como en acera y el tubo de PVC de 90 milímetros para los cables de control de las electroválvulas. 6) Mobiliario urbano: las dos islas de contenedores de recicladas deben acercarse a la calzada para facilitar la operación de recogida. 7) Plan de control de calidad: el plan de control de calidad aportado deberá adaptarse al modelo tipo que se reciba de los servicios técnicos municipales. 8) Plano general de planta: deberá representarse en planta los accesos a la parcela 2-EA y al parking, adaptando la pavimentación, distribución de alcorques, distribución de farolas y posición del mobiliario urbano al mismo. En la esquina sur de la intersección entre las calles Paulino Aguado Baena y Navarra deberá aumentarse el radio del bordillo a tres metros. De esta forma se facilitarán los giros a la izquierda si en un futuro decide convertirse la calle en una de doble sentido. 2. Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia; plazo durante el cual el expediente podrá ser consultado y formuladas cuantas alegaciones se consideren oportunas. Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de veinte días desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos. Alcobendas, a 14 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui. (02/8.835/09) |

