Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0112

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 360 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Sevillano Ruiz, contra la empresa “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda formulada por don Juan José Sevillano Ruiz, frente a “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el 29 de enero de 2009 y, en consecuencia, condeno a la demandada a que, a su elección, que deberá manifestar ante este Juzgado en el plazo máximo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, readmita al actor en su mismo puesto de trabajo o le abone en concepto de indemnización la cantidad de 6.959,65 euros, entendiendo que de no optar en dicho plazo procederá la readmisión, y condenándola, en todo caso, al abono de los salarios dejados de percibir desde el 29 de enero de 2009, a razón de 48,84 euros brutos diarios prorrateados.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.631/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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