Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0180
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CUENCA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 159 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Claudiu Daniel Vidale, contra la empresa “Camair, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Auto En Cuenca, a 3 de julio de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Claudiu Daniel Vidale, contra “Camair, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.967,61 euros, más 647,08 euros en concepto de intereses y de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y no conociéndose la existencia de los bienes concretos suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia. Y, concretamente, ofíciese al Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad de España, Gerencia del Catastro y señor director de la Agencia Tributaria de Cuenca a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro, que en este momento se embargan, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades por las que se abre la presente ejecución, comunicándose dicho embargo, interesándose su anotación y efectos. En el marco de la investigación amparada en el artículo 95.1.H) de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como de lo señalado por la Circular 35/2002, de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de fecha 23 de septiembre de 2002, expídase el correspondiente oficio al Juzgado Decano de Cuenca y Oficina de Averiguación Patrimonial para que nos remitan información patrimonial referente a la ejecutada. d) Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado y rubricado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Camair, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID . En Cuenca, a 3 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/24.807/09) |

