Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0330

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

LOS SANTOS DE LA HUMOSA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Decreto del señor alcalde-presidente.—En virtud de las facultades que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, resuelvo:

Primero.—Aprobar los siguientes padrones fiscales para el año 2009.

1.  Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, por importe de 352.296,88 euros.

2.  Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, por importe de 10.354,04 euros.

Los citado padrones fiscales estarán expuestos al público en las Oficinas de Recaudación de este Ayuntamiento por espacio de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A los efectos previstos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las deudas tributarias consignadas en los padrones y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, que no son firmes en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día de la notificación, y contra la denegación expresa o tácita de dicho recurso podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid que resulte competente.

Segundo.—Establecer como plazo de ingreso en período voluntario de estos tributos el comprendido entre los días 15 de julio al 30 de septiembre de 2009, ambos inclusive, pudiendo efectuarse el pago en el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa en determinados días; en cualquier oficina de las entidades colaboradoras “Caja de Madrid”, “La Caixa” y “Banco Popular Español”, o en la oficina auxiliar del Servicio de Colaboración con la Recaudación Municipal de este Ayuntamiento (calle Téllez, número 18, 28007 Madrid), presentando el documento de cobro que ha sido remitido al domicilio de los sujetos pasivos. En el caso de no haber recibido dicho documento, podrá solicitarse un duplicado en la Oficina de Recaudación.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengando los recargos, intereses de demora y costas correspondientes.

En Los Santos de la Humosa, a 10 de julio de 2009.—El alcalde-presidente (firmado).

(02/8.907/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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