Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090807-0034

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CUBAS DE LA SAGRA

OFERTAS DE EMPLEO

Se convocan pruebas selectivas para proveer 2 plazas de la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, mediante el acceso libre con arreglo a las siguientes:

BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA
PARA PROVEER 2 PLAZAS DE LA CATEGORÍA
DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL (BESCAM) DEL AYUNTAMIENTO DE CUBAS 
DE LA SAGRA MEDIANTE ACCESO LIBRE

El Ayuntamiento de Cubas de la Sagra (Madrid) efectúa convocatoria pública para cubrir en régimen de funcionario de carrera 2 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento.

1.  Características de las plazas objeto de la convocatoria

Número de plazas: dos. Categoría: policía, Subgrupo C2 , nivel de complemento de destino: 14, Escala Ejecutiva de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, incluidas en la plantilla y vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2008, aprobadas en Junta de Gobierno Local de fecha 23 de julio de 2009.

2.  Bases que regirán el procedimiento selectivo

El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, sucesivas y eliminatorias: oposición libre, Curso Selectivo de Formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y Período de Prácticas en el Municipio de Cubas de la Sagra y se regirá por las bases establecidas en la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, a través de la categoría de Policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, del 22 de octubre de 1997, con excepción de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como las referencias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad, que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

3.  Presentación de instancias y derechos de examen

La presentación de instancias deberá producirse a través del impreso normalizado en el Registro General del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, sito en la glorieta de Gabino Stuyck, número 3, en horario del Registro (de lunes a viernes de nueve a catorce), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto con la instancia los aspirantes deberán aportar obligatoriamente la autorización para someterse a las pruebas médicas según el modelo recogido en el Anexo III de la señalada Orden 114/1997. Los derechos de examen serán de 25 euros, que deberán abonarse previamente a la presentación de la documentación en el Registro General, en la cuenta bancaria de “Caja Madrid” cuenta corriente 2038-2403-97-6000000119, indicando nombre y derechos de examen plaza policía local. También podrán abonarse en la forma establecida en el artículo 38.7 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivo referido a la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid viene impartiendo el curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas por un curso específico teórico y práctico impartido por una Escuela Oficial de Policía que cuente con la autorización de la Dirección General de Tráfico.

4.  Plazo de presentación de instancias

Veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen publicado las bases específicas de la convocatoria.

5.  Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente composición:

Presidente: don Luis Martín García (funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter estatal).

Suplente: funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter estatal.

Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Suplente: funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter estatal.

Vocales:

— Un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid, designado por la Comunidad de Madrid.

— Don Jorge Fernández Pascual y doña Lucía García Camacho (funcionarios de carrera del Ayuntamiento).

— Suplentes: doña María Belén Sánchez Sánchez y doña María Teresa Naranjo Fernández (funcionarios de carrera del Ayuntamiento).

De conformidad con lo establecido en el párrafo quinto del apartado 51 de la base tercera de la Orden 1148/1997, todos los miembros actuarán con voz y voto.

El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

6.  Orden de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “W”, resultante del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año 2009 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

7.  Orden de realización de las pruebas

Las pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base octava de la Orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnico; segundo, pruebas físicas; tercero, prueba de conocimientos; cuarto, reconocimiento médico.

En Cubas de la Sagra, a 24 de julio de 2009.—El alcalde, Federico Zarza Núñez.

(02/9.563/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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