Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-08-2009

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090810-0067

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Vigésima

EDICTO

Doña Ana María Pita López, secretaria de la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: Que en el rollo de apelación número 518 de 2008, dimanante de los autos de ordinario número 772 de 2003 del Juzgado de primera instancia número 74 de Madrid, seguidos entre don Antonio López Madrid y los ignorados herederos de don Cirilo Ilda Lagarto y doña María Dorca Jiménez, se ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Antonio López Madrid, contra la sentencia dictada el día 16 de marzo de 2006, en los autos de juicio ordinario número 772 de 2003, procedentes del Juzgado de primera instancia número 74 de Madrid, y en consecuencia se confirma la expresada resolución, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva para la notificación en legal forma a los apelados ignorados, herederos de don Cirilo Vilda Lagarto y doña María Dorca Jiménez, de la sentencia dictada en el rollo 518 de 2008, por la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, haciéndose saber que la presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno, expido el presente para su colocación en el tablón de anuncios de este Tribunal y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.721/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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