Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090811-0174

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ARGANDA DEL REY

URBANISMO

Se hace saber que por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2009, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar la alegación presentada con fecha 29 de mayo de 2008, por el Canal de Isabel II, por los motivos que a continuación se exponen:

1.o  De la exposición del escrito presentado por el Canal de Isabel II parece desprenderse una alegación concreta sobre los Estudios de Detalle de las manzanas 24, 18 y 19 del Sector del Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada de la UE-107, “Valdelarcipreste”, aunque no lo expresa en esos términos en la solicitud final de su petición, que se limita a indicar que se le tenga como un propietario más, con el reconocimiento de derechos que ello comporta.

En consecuencia con lo anterior, nada se alega sobre posibles causas de nulidad o anulabilidad que pudieran impedir la aprobación de los Estudios de Detalle de las manzanas señaladas, por lo que, en aplicación del principio de congruencia de las resoluciones administrativas con las pretensiones del interesado no procede pronunciamiento alguno sobre los Estudios de Detalle y, en nada afecta a los mismos que los proyectos de reparcelación y de urbanización sobre los que pide el inicio de la revisión de oficio, no los tenga como propietarios del ámbito del Sector.

En cuanto al único derecho que se pudiera haber conculcado, si efectivamente fuera propietario de los terrenos que reclaman, en la tramitación ante esta Gerencia de Urbanismo, ya se ha ejercido con la presentación de la presente alegación.

Por todo ello, se desestima la alegación en cuanto se refiere a los Estudios de Detalle de las manzanas 24, 18 y 19 del Plan de Sectorización, con ordenación pormenorizada del Sector UE-107 “Valdelarcipreste”.

2.o  Referente a la solicitud de iniciación de revisión de oficio de las aprobaciones de los proyectos de reparcelación y de urbanización, manifestar que no es objeto del presente expediente, si bien, en todo caso, como ya se les notificó en la contestación a la misma reclamación de propiedad que efectuaron en su escrito de fecha 23 de agosto de 2006, en expediente de convenio urbanístico, ni entonces, ni ahora presentan documento alguno que acredite la propiedad de parte de las parcelas que reclaman, imprescindible para tomar en consideración su pretensión.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle promovido por don Lorenzo Manteca Fernández, presidente de la Junta de Compensación del Sector de la UE-107, “Valdelarcipreste”, con fecha 16 de febrero de 2009, por el que se reajustan parámetros urbanísticos de ocupación, en el ámbito de la manzana 18 del Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada de la referida Unidad de Ejecución, debiendo corregirse el texto inicialmente aprobado, en el primer párrafo de la página 2 de la memoria, donde dice “7 de febrero de 2008”, debe decir “6 de febrero de 2008”.

Tercero.—Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva al órgano competente de la Comunidad de Madrid, en el plazo de diez días, y remisión de un ejemplar del documento técnico al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el texto íntegro del acuerdo de aprobación definitiva y sus normas urbanísticas, así como notificación personal al promotor del Estudio de Detalle y representante legal de la Junta de Compensación de la UE-107.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra él puede interponerse potestativamente recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a esta notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Madrid.

Arganda del Rey, a 27 de julio de 2009.—Luis Bremond Triana.

(02/9.344/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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