Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090811-0180

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 28 de julio de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Visto el proyecto de reparcelación voluntaria de las parcelas situadas en el ámbito del suelo urbano “La Carrascosa”, ámbito incluido, a su vez, en la denominada zona Este de La Moraleja, presentado por las sociedades “Ibérica de Maderas y Aglomerados, Sociedad Anónima”, y “Mirador de la Carrascosa, Sociedad Limitada”, y considerados igualmente los informes técnico y jurídico evacuados por los Servicios del Área de Urbanismo, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, acuerda:

1.  Aprobar inicialmente el citado proyecto de reparcelación voluntaria, cuyo objeto consiste en la reconfiguración física y jurídica de las parcelas incluidas en el ámbito de “La Carrascosa”, en el marco de lo previsto en el artículo 86 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 71 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978.  

En todo caso, en el documento que se someta en su día al acuerdo de aprobación definitiva municipal, deberá figurar como carga vinculada a cada una de las parcelas lucrativas adjudicadas a los propietarios, el deber genérico que en el documento objeto del presente acuerdo figura en su epígrafe sobre “Ejecución de las obras de urbanización”, en el que se expresa literalmente que “en el supuesto de que para la ejecución de la red viaria prevista en el Área Homogénea resultara imprescindible ocupar parte de las parcelas lucrativas resultantes, los propietarios vendrán obligados a ceder gratuitamente la superficie necesaria para dicha ejecución y ello de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

2.  Someter el expediente completo a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de difusión corriente en esta localidad, con notificación individualizada a las sociedades proponentes del presente proyecto de reparcelación; plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones estimen pertinentes».

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 28 de julio de 2009.—El alcalde-presidente en funciones, Ramón Cubián Martínez.

(02/9.381/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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