Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0204

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.435 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Heredia Avilleira, contra la empresa “Fondo Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, Fondo de Garantía Salarial, don Inocencio Carazo González y doña Milagros Alonso Castellanos, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 8 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña María Dolores Heredia Avilleira, en materia de resolución de contrato, contra la empresa “Fondo Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, representada por los administradores concursales don Inocencio Carazo González y doña Milagros Alonso Castellanos, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro resuelta la relación laboral que unía a las partes con efectos de 8 de mayo de 2009, condenando a la empresa “Fondo Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, a estar y pasar por dicho pronunciamiento y a abonar a doña María Dolores Heredia Avilleira una indemnización de 14.159,75 euros.

Que desestimando la demanda formulada por doña María Dolores Heredia Avilleira, en materia de despido, contra la empresa “Fondo Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, representada por los administradores concursales don Inocencio Carazo González y doña Milagros Alonso Castellanos, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a la referida demandada de los pedimentos en su contra deducidos.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2809 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fondo Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.879/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0204