Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-08-2009

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0069

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JUZGADOS DE LO SOCIAL

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 2.031 de 2009, seguidas ante la Sección Primera de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos de demanda número 644 de 2008 del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, promovidos por doña María Martínez Barruezo, contra “Gas Natural Comercial SDG, Sociedad Limitada”, y “Univén 2000, Sociedad Limitada”, sobre extinción de contrato de trabajo, con fecha 21 de julio de 2009 se interpuso recurso de casación para la unificación de doctrina (recurso de casación para la unificación de doctrina número 646 de 2009-L) por “Gas Natural Comercial SDG, Sociedad Limitada”, y en fecha 22 de julio de 2009 se ha dictado la siguiente providencia:

Diligencia de la secretaria judicial.—En Madrid, a 22 de julio de 2009.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha ha tenido entrada en esta Secretaría escrito de preparación de recurso de casación para la unificación de la doctrina presentado por el letrado don Jorge Mancheño Andrade, en nombre y representación de “Gas Natural Comercial SDG, Sociedad Limitada”. Dicho escrito fue presentado en el Registro General de Sala en fecha 21 de julio de 2009.—Doy fe y paso a dar cuenta.

Providencia

Ilustrísimo señor don Ignacio Moreno González-Aller.—En Madrid, a 22 de julio de 2009.

Dada cuenta; únase el anterior escrito a los autos de su razón; constando la voluntad de quien lo ha presentado de recurrir en casación para la unificación de doctrina la resolución en él identificada, entréguense copias a las demás partes.

Habiéndose cumplido los requisitos precisos para interponer el mencionado recurso, se tiene por preparado.

Emplácese a las partes para que comparezcan personalmente o mediante abogado o representante ante la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles a contar a partir de la notificación de esta providencia, debiendo la parte recurrente presentar ante dicha Sala, dentro de los veinte días siguientes a la fecha en que se efectúe el emplazamiento, el escrito de interposición de conformidad de lo que ordenan los artículos 219, 220 y 21 de la Ley de Procedimiento Laboral.

A los efectos del mencionado emplazamiento sirve la copia o transcripción de esta providencia.

Una vez que las partes interesadas en estas actuaciones hayan sido emplazadas, elévense los originales de las mismas a la Sala Cuarta precitada dentro de los cinco días siguientes.

Notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución pueden interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, ante esta misma Sala y por los trámites del recurso de reposición a que se refieren los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000, según disponen los artículos 181.1 y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo manda el ilustrísimo señor magistrado referenciado, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Diligencia de la secretaria judicial.—En Madrid, a 22 de julio de 2009.

Seguidamente se cumple lo ordenado y se notifica lo anterior mediante correo certificado con acuse de recibo.—Doy fe.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que le sirva de notificación y advertencia en forma a “Univén 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 27 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.365/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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