Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 96 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Izquierdo Yuste, contra la empresa “Visual Training Desarrollos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de hoy auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que unía a don Juan Carlos Izquierdo Yuste, con la empresa “Visual Trai­ning Desarrollos, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa a abonar la indemnización de 5.380,28 euros, y la suma de 14.220,75 euros en concepto de salarios de tramitación desde el 11 de diciembre de 2008 hasta el 30 de junio de 2009 (70,75 euros/día ´ 201).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta de lo social, Ana Ruiz de Burgos Moreno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Visual Training Desarrollos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 7 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.283/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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