Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0042

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 73
DE MADRID

EDICTO

Doña Zulema Sepúlveda García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid.

Hago constar: Que en el juicio ordinario número 128 de 2008 se ha dictado sentencia de fecha 6 de mayo de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Vistos por el ilustrísimo señor don Luis Aurelio González Martín, magistrado-juez de primera instancia del número 73 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este juzgado bajo el número 128 de 2008, a instancias de la mercantil “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Manuel Lanchares Perlado y defendida por letrado, contra don Manuel Jesús Ayús Lamas y doña Margarita Fernández de Alarcón del Rey, en rebeldía.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de la mercantil “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, contra don Manuel Jesús Ayús Lamas y doña Margarita Fernández de Alarcón del Rey, en rebeldía, y en consecuencia, condeno a los demandados a que paguen conjunta y solidariamente a la entidad actora la cantidad de 41.027,02 euros en concepto del principal del préstamo adeudado, más los intereses moratorios pactados en la póliza hasta su completo pago y, en su caso, los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia, si estos fuesen superiores a los pactados, para el caso de mora procesal.

Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el ilustrísimo magistrado-juez de este Juzgado que la dictó, don Luis Aurelio González Martín, estando celebrando audiencia pública, por ante mí, la secretaria, de lo que doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Manuel Jesús Ayús Lamas y doña Marta Fernández de Alarcón del Rey, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 15 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/9.073/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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